Nuevos formatos oficiales en materia de prevención de lavado de dinero

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Nuevos formatos oficiales en materia de prevención de lavado de dinero

SERVI-PORT   ⋄   1 week ago

Nuevos formatos oficiales en materia de prevención de lavado de dinero La Secretaría de Hacienda actualiza los formatos aplicables a Actividades Vulnerables y fortalece las obligaciones de cumplimiento para distintos participantes del comercio exterior.

El 24 de septiembre de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), publicó disposiciones que actualizan los formatos oficiales previstos en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).

Las modificaciones incorporan cambios derivados de reformas legales y reglamentarias recientes y tienen especial relevancia para quienes realizan Actividades Vulnerables, incluyendo a las agencias aduanales.

Entre los principales cambios destacan:

Actualización del formato de alta y registro.
El nuevo esquema actualiza la información requerida e incorpora la identificación de quienes realizan Actividades Vulnerables mediante fideicomisos u otras figuras jurídicas.

Incorporación expresa de las agencias aduanales.
En materia de comercio exterior, los formatos distinguen entre agente aduanal, apoderado aduanal, agencia aduanal y otras personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías.

Representante Encargado de Cumplimiento.
Se incorporan datos específicos de la persona designada para esta función, incluyendo información de identificación, contacto y domicilio.

Entrada en vigor.
Como regla general, los nuevos formatos de alta y registro entrarán en vigor el 1 de febrero de 2027. Para determinados sujetos previstos en la legislación, la fecha será el 1 de junio de 2027.

Estos cambios refuerzan los mecanismos de identificación, registro y cumplimiento relacionados con la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

En SERVI-PORT continuaremos dando seguimiento a las disposiciones oficiales que puedan tener impacto en las operaciones de comercio exterior de nuestros clientes.

Fuente: Diario Oficial de la Federación, 24 de septiembre de 2026.

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